sábado, 29 de noviembre de 2014


DERECHOS Y DEBERES DE LOS ECUATORIANOS 

DERECHOS

El término derechos fundamentales aparece en Francia hacia 1770, en el movimiento político y cultural que condujo a la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789; mientras que la Primera Constitución de los Estados Unidos de América que aparece en 1787, ya trata de los derechos civiles y políticos, que dan origen a los derechos de segunda y tercera generación; luego tenemos la Declaración Universal de Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948.
 
los derechos humanos son aquellas  "condiciones instrumentales que le permiten a la persona su realización"en consecuencia subsume aquellas libertades,facultades,instituciones o reivindicaciones relativas o bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona por el simple hecho de su condición humana.

Entre los múltiples derechos que tenemos los ciudadanos ecuatorianos están los de propiedad, de seguridad jurídica, de transitar libremente por el territorio nacional, el derecho de promover la revocatoria de mandato o el derecho del trabajador a no renunciar a sus derechos.

CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

a)    Imprescriptibles;esto es no les afecta la prescripción, aún cuando debo señalar que esta característica no consta en el Art. 11 número 6 de la Constitución de la República;
b)    Inalienables; esto es no son transferibles a otro titular;
c)     Irrenunciables;esto es la persona no puede renunciar a ellos; y,
d)    Universales, en el sentido que son poseídos por todos los hombres

DEBERES  
 


Los deberes constitucionales son aquellas conductas o comportamientos de carácter público, exigibles por la ley a la persona o al ciudadano, que imponen prestaciones físicas o económicas y que afectan, en consecuencia, la esfera de su libertad personal. Las restricciones a la libertad general sólo pueden estar motivadas por fundadas razones que determine el legislador. En este sentido, los deberes consagrados en la Constitución comprenden una habilitación al legislador para desarrollar y concretar la sanción por el incumplimiento de los parámetros básicos de la conducta social fijados por el constituyente». 

 A las prestaciones que alude esta definición, agregaríamos las morales que implican obligaciones íntimamente relacionadas con el respeto a los derechos de los demás y la contribución al bien común.

El artículo 97 de la Norma Suprema ecuatoriana contiene una denominación no taxativa de deberes y responsabilidades que obligan a los ciudadanos. En primer término hace eco de las enseñanzas de la doctrina política al imponer la promoción del bien común, el respeto y defensa de los derechos humanos (que son elemento de dicho bien) y la sumisión al orden jurídico (numerales 1, 3 y 4). Además, exige prestaciones que inciden en la existencia, subsistencia y defensa del Estado, y en la constitución y buen funcionamiento del mismo (numerales 2, 9, 10, 13, 14, 15, 17 y 19). 

Importante, por último, es destacar el contenido ético de dicho artículo, pues sus exigencias constituyen verdaderos deberes morales, como se observa en el deber de trabajar con eficiencia, estudiar y capacitarse, denunciar y combatir los actos de corrupción, no mentir, no robar, no ser ocioso, decir la verdad, cumplir los contratos y mantener la palabra empeñada, entre otros.as concernientes al bien común temporal. 

 Los deberes y derechos son muy importantes debido a que gracias a estos ,los ecuatorianos podemos estar reglamentados sabemos lo que tenemos como derechos y los deberes que debemos cumplir a estos ,sin embargo todo esto si los usamos de una manera incorrecta tendremos que aceptar las responsabilidades que conlleven debido a que debemos estar consientes de lo que hacemos y asumir las consecuencias de nuestros actos